Vídeo presentación de nuestros servicios a la LOPD

viernes, 29 de abril de 2011

LA FUNDACION TRIPARTITA ADVIERTE SOBRE LA LOPD A COSTE CERO

El comunicado integro puede leerse aquí

La Fundación Tripartita ha emitido hoy el siguiente comunicado:
Comunicado a las empresas que realizan formación para sus trabajadores, en previsión de errores en las bonificaciones relacionadas con la implantación de sistemas de protección de datos de carácter personal.
La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo advierte a empresas y consultores, a todos los gestores de formación para el empleo del sistema de bonificaciones de ámbito estatal, sobre la existencia de entidades que de manera gratuita ofrecen servicios de implantación, auditoría y asesoría jurídica en materia de protección de datos de carácter personal, que en la práctica financian estos servicios con cargo al crédito asignado para la formación, un hecho que puede llegar a ser constitutivo de fraude.
El Real Decreto 395/2007 y la Orden Ministerial 2307/2007 establecen que este crédito está destinado exclusivamente a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores.
La Fundación Tripartita ha iniciado un proceso de comprobación de los hechos y puesto en marcha los mecanismos de control oportunos, para constatar las bonificaciones practicadas y evitar en el futuro que las empresas beneficiarias que se bonifican por formación se vean implicadas en una cadena de errores, teniendo que devolver las cuantías bonificadas.
Las empresas que se bonifiquen por la contratación de servicios de implantación, auditoría y asesoría jurídica en materia de LOPD, deberán devolver los importes correspondientes y atenerse a las actuaciones pertinentes del Servicio Público de Empleo Estatal y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La Fundación Tripartita hace un llamamiento a todos los usuarios para que en caso de recibir alguna oferta de este tipo de servicios u otros de similares características, contacten con el servicio al cliente de la Fundación en: servicioalcliente@fundaciontripartita.org

lunes, 25 de abril de 2011

Protección de datos

Las agencias europeas de protección de datos, que se reúnen en el llamado Grupo de Trabajo del Artículo 29, y del que forma parte la AEPD española están trabajando actualmente en un dictamen sobre servicios de geolocalización en dispositivos móviles inteligentes (smartphones y tablets, fundamentalmente) que recogerá, entre otros aspectos, el análisis y descripción de la incidencia y los riesgos de estos servicios para la protección de datos y la privacidad de los usuarios.

Las autoridades europeas prevén que el dictamen, que también incluirá los principios y garantías que los proveedores de servicios de geolocalización en terminales móviles deben cumplir y respetar en materia de protección de datos, se apruebe en unas semanas. El texto resulta clave, ya que verá la luz pocos días después de que varios informes alertaran la semana pasada de que los teléfonos equipados con el sistema operativo Android de Google y los iPhone de Apple están recopilando datos sobre los movimientos geográficos de sus usuarios, y que ambas compañías almacenan dicha información en sus servidores para ofrecer nuevos servicios.

Asistir a la Presentacion del Libro "Vivir sin Miedos"

Vivir sin miedos se presentó el pasado 28 de octubre y ya ha publicado su segunda edición.

¿QUIERE VER EL VIDEO RESUMEN DE LA PRESENTACIÓN (3 MIN)?

CLICK AQUI:http://www.youtube.com/watch?v=atCYDBlDtao.

TE SORPRENDERA.


Lugar de la presentación:

La casa del libro 


C/ paseo de gracia 69 (Barcelona)


A las 19:00h

jueves, 21 de abril de 2011

Vodafone tendrá que pagar 20.000 euros por facilitar las claves para acceder a datos confidenciales de clientes

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción de 20.000 euros a Vodafone por una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos tras la denuncia planteada por la organización de consumidores Facua por facilitar las claves para acceder a datos confidenciales de sus clientes.
Esta organización denunció en febrero del 2010 al operador de telecomunicaciones fijas Tele2, propiedad de la multinacional británica, por no garantizar la seguridad de los datos personales de sus abonados ya que un teleoperador de la compañía facilitó a un usuario las claves para acceder a datos confidenciales de cualquier cliente. El usuario contactó con el teléfono de atención al cliente con el fin de recuperar los códigos para acceder a sus datos de facturación en la zona de clientes de la antigua página web de la compañía. El teleoperador que le atendió le indicó que le facilitaría un nombre de usuario y una contraseña genéricos, con los que podría entrar en la cuenta con solo teclear su propio nombre de usuario, aunque no recordase su contraseña. El usuario alertó de esta situación a Facua que verificó cómo, tecleando los citados nombres de usuario y contraseña en la «zona clientes» del portal, el sistema indicaba que se había entrado en «modo suplantación» y solo había que introducir cualquier nombre de usuario para acceder a sus datos. Introducidas palabras elegidas al azar, se accedía a los datos de clientes de Tele2, pudiendo visualizarse sus facturas con el detalle de llamadas, su nombre y apellidos, NIF o CIF o cuenta bancaria, entre otros datos. También era posible así modificar los datos del cliente.
En su resolución, fechada el 1 de abril, la AEPD señala que Vodafone incurrió en una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos al vulnerar el «principio de seguridad de los datos» por «mantener los ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos de carácter personal sin las debidas condiciones de seguridad». La Agencia ha reducido la cuantía de la sanción a 20.000 euros con el argumento de que Vodafone corrigió «de forma diligente» las irregularidades denunciadas por Facua.

miércoles, 6 de abril de 2011

Francia multa a Google por el 'caso Street View', pendiente en España

Marimar Jiménez - Madrid - 22/03/2011
La Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL), homólogo francés de la Agencia Española de Protección de Datos, ha impuesto a Google una multa de 100.000 euros después de que la empresa recopilara datos de localización de redes Wifi y datos de tráfico asociados a esas redes por los vehículos que utiliza para fotografiar las calles de distintas ciudades para su aplicación cartográfica Street View.
Según un comunicado de la citada organización gala, la multa ha sido impuesta a Google porque la compañía no respondió a las peticiones de CNIL "en el plazo concedido". Fuentes de la multinacional en España aseguran que el buscador ha recurrido la resolución. Junto a la francesa, otras muchas autoridades de privacidad han culminado sus procedimientos e investigaciones respecto a este caso en otros tantos países (Australia, Nueva Zelanda, Canadá, Reino Unido, EE UU), y muchas han concluido que Google violó las leyes de privacidad de sus países. Con todo, las autoridades francesas son las primeras que imponen una multa a la compañía por este asunto, según reconoció ayer a CincoDías la portavoz de Google en España.
En una entrevista en Le Parisien, Yann Padova, secretario general de la CNIL, dijo que la recolección de datos por parte de Google ha hecho que la empresa haya "alimentado una base de datos de geolocalización que ahora vale su peso en oro y le permite dominar el mercado", informó Efe. Padova añadió que la multa récord en Francia para una sanción de este tipo también ha tenido en cuenta que Google "no cooperó francamente" durante las investigaciones.
El director de datos de Google, Peter Fleischer, volvió a defender ayer que su compañía recogió los datos "por error" a partir de redes inalámbricas no protegidas, pero "desde que supimos lo que pasaba, paramos nuestros coches e informamos inmediatamente a las autoridades francesas. Nuestro objetivo siempre ha sido destruir esos datos y celebramos que el CNIL nos haya dado autorización "para hacerlo".
La AEPD señaló ayer que no descarta que el caso Street View pueda culminar también con multa en España. La Agencia, que trasladó el pasado octubre al Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid el informe final de su inspección, en el que concluía que Google había cometido infracciones muy graves sobre la privacidad, ha suspendido la tramitación del expediente sancionador hasta que haya una resolución del órgano judicial

Multas de 120.000 euros para dos compañías de móviles por ceder datos de un cliente sin su permiso

FELIPE ARMENDÁRIZ. PALMA La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto sendas sanciones de 120.000 euros a dos compañías de telefonía móvil que incluyeron, irregulamente, a un cliente palmesano en un fichero (listado) de morosos. La APD también sanciona a las dos operadoras por ceder a la agencia de morosos los datos personales de ese cliente (nombre y apellidos) sin autorización de éste.
Un vecino de Palma, representado por el bufete Iuristec, dirigido por Juan José Talens, denunció a Telefónica Móviles España y France Telecom España por haber cedido sus datos a una empresa de solvencia, donde fue registrado como moroso.
El consumidor había sido cliente de ambas compañías y había presentado con anterioridad diversas quejas y reclamaciones por diferencias en la facturación.
Telefónica Móviles reclamaba al mallorquín varias facturas, de entre 10 y 163 euros, por el consumo de dos líneas. La Junta Arbitral de Consumo de la conselleria de Salut del Govern balear dictó, en marzo del 2009, un laudo dando la razón al particular y conminando a la operadora a que anulara esas facturas y sacara al cliente de los listados de morosos.
Según ese tribunal de arbitraje, no había quedado probado que el vecino de Palma hubiese contratado personalmente aquellas líneas.
A pesar de aquel laudo, la empresa incluyó al mallorquín en una base de morosos, "sin que haya quedado acreditado que la entidad denunciada dispusiera del consentimiento del denunciante para el tratatamiento de sus datos personales (nombre y apellidos) y procediendo a emitir unas facturas por servicios no contratados".
La empresa también es sancionada por ceder, de manera automatizada, a la agencia de solvencia los datos del cliente sin su permiso. La operadora "incluyó en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito los datos personales del denunciante asociados a una deuda que no le correspondía", argumenta Artemi Rallo, director de la AEPD.

Eximido por Consumo

El caso de France Telecom es parecido. La compañía reclamó al mismo palmesano varias facturas por el uso de dos líneas de telefonía móvil. Otro laudo de la conselleria de Salud y Consumo eximió al cliente de pagar unas facturas tras dar por no puesto un contrato sobre dos líneas.
Sin embargo, y según la resolución de Rallo, la compañía, con fecha posterior al laudo, siguió emitiendo facturas por una de aquellas líneas. En este caso también hubo una inclusión irregular en un fichero de morosos y se produjo una cesión de datos sin permiso del afectado.

El Corte Inglés, sancionado por grabar a transeúntes

La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 60.101 euros impuesta a El Corte Inglés por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por colocar cámaras de seguridad con visión externa en su centro de Málaga, que permitieron la captación de personas en las inmediaciones del recinto, así como de los vehículos estacionados en la zona.
4 de abril de 2011