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lunes, 28 de marzo de 2011

La Justicia española declara ilegal el canon de la SGAE para empresas

La Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto a la tienda Padawan del pago de 16.758,25 euros por canon privada y se adapta así a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 21 de octubre.

El fallo, que se notificó ayer a las partes, entiende que no se puede aplicar el canon digital de forma indiscriminada a empresas y profesionales para usos distintos a la copia privada.

La sentencia reconoce que “la reclamación del actor [la SGAE] tenía y tiene ahora de forma más explícita amparo en una norma legal que legitimaba a unos titulares de unos derechos de propiedad intelectual a gravar las transacciones sobre aparatos y materiales que permiten la reproducción digital". Y lo hace "por constituir medios idóneos para la reproducción de sus obras para uso privado con el cobro de un canon que sirva de compensación a la limitación de sus derechos de reproducción que conlleva el derecho de copia privada, razón por la que no cabe apreciar ninguna vulneración de la seguridad jurídica en el ejercicio por parte de las entidades de gestión habilitadas para ello de reclamación de dicho canon”. Sin embargo, concluye la Audiencia que “cuestión distinta es que la aplicación indiscriminada del referido canon a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finales ajenos a la copia privada pudiera no ser conforme al concepto comunitario de compensación equitativa”.

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